TicketBAI/Batuz. Implantación ágil de la solución

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TicketBAI es un conjunto de obligaciones legales para la emisión de facturas dentro del País Vasco. Va dirigido a empresas y autónomos ubicados en Euzkadi.

El objetivo principal es la asistencia en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, luchando contra el fraude fiscal.
Los requerimientos son:

  • Disponer de dispositivo certificado para emitir el ticket o factura (ordenadores, cajas registradoras, TPVs, etc.)
  • Utilizar un software que cumpla con los requerimientos de TicketBai/Batuz, llamado software garante:
    • Disponer de certificado digital para la firma.
    • Capacidad de firma digital.

Las principales diferencias con el “Sistema de información inmediata (SII)” son:

  • Se envían los datos de cabecera y de línea.
  • Se identifica la hora de emisión de la factura.
  • Se marcan las facturas con una huella digital, denominada TicketBAI.
  • Se implementa una firma avanzada para asegurar que la información no es modificada.

El proceso para generar la información necesaria es el siguiente:

En cada diputación el periodo de implantación y sus requisitos es diferente, teniendo en cuenta:

  • Arranque progresivo (según sector): Entre 1 de Junio de 2022 y 30 de Mayo de 2023
  • Periodo de envío. En el momento de la emisión de la factura.
  • Dispone de beneficios fiscales, siendo obligatorio operar al 100% con al menos 1 mes de antelación.

  • Arranque progresivo: Entre enero y diciembre de 2022.
  • Periodo de envío. En el momento de la emisión de la factura.

En el caso de Bizkaia se implementa Batuz, que incluye:

  • Software garante de facturación TicketBAI.

Sistema informático de facturación para asegurar la declaración de todas las operaciones de venta realizadas.

  • Libro registro de operaciones económicas (LROE): modelos 140 y 240.

En los que se declarará los ingresos, gastos y facturas de las personas que realizan actividades económicas. Modelo 140 para personas físicas y Modelo 240 para personas jurídicas. Los Libros Registros de Operaciones Económicas integrarán la información y las obligaciones del SII, debiéndose remitir la información sólo una vez

  • Borrador de declaraciones

Con la información que se remita a la Hacienda Foral mediante los dos sistemas anteriores, ésta transmitirá a las empresas y autónomos los borradores de las declaraciones de IVA, IS (para empresas) e IRPF, IRNR (para autónomos).

Periodo y requisitos para Bizkaia:

  • Arranque: 1 de enero de 2024.
  • Incluido dentro del proyecto Batuz, que sustituye la presentación de IVA y SII.
  • Periodo de envío. Dependiente de si aplica SII:
    • Si no aplica, trimestral al igual que el IVA.
    • Si aplica, máximo 4 días después de la operación,
  • Dispone de beneficios fiscales, siendo obligatorio presentar el 100% de información con al menos 1 mes de antelación.