TicketBAI es un conjunto de obligaciones legales para la emisión de facturas dentro del País Vasco. Va dirigido a empresas y autónomos ubicados en Euzkadi.
El objetivo principal es la asistencia en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, luchando contra el fraude fiscal.
Los requerimientos son:
- Disponer de dispositivo certificado para emitir el ticket o factura (ordenadores, cajas registradoras, TPVs, etc.)
- Utilizar un software que cumpla con los requerimientos de TicketBai/Batuz, llamado software garante:
- Disponer de certificado digital para la firma.
- Capacidad de firma digital.
Las principales diferencias con el “Sistema de información inmediata (SII)” son:
- Se envían los datos de cabecera y de línea.
- Se identifica la hora de emisión de la factura.
- Se marcan las facturas con una huella digital, denominada TicketBAI.
- Se implementa una firma avanzada para asegurar que la información no es modificada.
El proceso para generar la información necesaria es el siguiente:
En cada diputación el periodo de implantación y sus requisitos es diferente, teniendo en cuenta:
- Arranque progresivo (según sector): Entre 1 de Junio de 2022 y 30 de Mayo de 2023
- Periodo de envío. En el momento de la emisión de la factura.
- Dispone de beneficios fiscales, siendo obligatorio operar al 100% con al menos 1 mes de antelación.
- Arranque progresivo: Entre enero y diciembre de 2022.
- Periodo de envío. En el momento de la emisión de la factura.
En el caso de Bizkaia se implementa Batuz, que incluye:
- Software garante de facturación TicketBAI.
Sistema informático de facturación para asegurar la declaración de todas las operaciones de venta realizadas.
- Libro registro de operaciones económicas (LROE): modelos 140 y 240.
En los que se declarará los ingresos, gastos y facturas de las personas que realizan actividades económicas. Modelo 140 para personas físicas y Modelo 240 para personas jurídicas. Los Libros Registros de Operaciones Económicas integrarán la información y las obligaciones del SII, debiéndose remitir la información sólo una vez
- Borrador de declaraciones
Con la información que se remita a la Hacienda Foral mediante los dos sistemas anteriores, ésta transmitirá a las empresas y autónomos los borradores de las declaraciones de IVA, IS (para empresas) e IRPF, IRNR (para autónomos).
Periodo y requisitos para Bizkaia:
- Arranque: 1 de enero de 2024.
- Incluido dentro del proyecto Batuz, que sustituye la presentación de IVA y SII.
- Periodo de envío. Dependiente de si aplica SII:
- Si no aplica, trimestral al igual que el IVA.
- Si aplica, máximo 4 días después de la operación,
- Dispone de beneficios fiscales, siendo obligatorio presentar el 100% de información con al menos 1 mes de antelación.